SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0881/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

III.2.

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la igualdad, al acceso a la justicia pronta y oportuna, así como a la garantía del debido proceso; toda vez que, habiendo interpuesto excepción de extinción de la acción penal por prescripción de previo y especial pronunciamiento ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro -ahora demandados-, éstos no habrían resuelto la misma.

De los datos que cursan en expediente, se evidencia que Juan José Capriles Márquez y Lourdes Arciénega Romay -ahora accionantes- mediante Sentencia 21/2015, fueron declarados autores de la comisión del delito de estafa agravada sancionado por el art. 335 en relación con el art. 346 bis del CP, por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Oruro, imponiéndoles una pena privativa de libertad de seis años de reclusión a cada uno a cumplir en el Centro Penitenciario San Pedro del citado departamento y multa de cien días a Bs10.-; apelada que fue la decisión por memorial presentado el 3 de agosto de 2015, mediante Auto de Vista 36/2016, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento declaró improcedente el recurso de apelación restringida confirmando dicha Sentencia Condenatoria, advirtiendo a la partes que tenían el plazo de cinco días para interponer el recurso de casación, el cual fue presentado el 18 de julio de 2016 y resuelto por Auto Supremo 115/2017-RRC por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró infundado el recurso, devolviéndose el cuaderno de control procesal al Presidente de la Sala Penal Segunda del señalado Tribunal, que a su vez dispuso la devolución al Tribunal de Sentencia Penal Primero del mencionado departamento. A consecuencia de la emisión de dicho Auto Supremo, los hoy accionantes plantearon acción de amparo constitucional que en revisión ante este Tribunal fue resuelta por la       SCP 0756/2017-S2, la cual revocó en todo la Resolución 003/2017, de la Jueza de garantías, concediendo la tutela y dejando sin efecto el Auto Supremo 115/2017-RRC, disponiendo que las autoridades judiciales demandadas emitan un nuevo fallo.