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    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0012/2018-RCA

    Fecha: 05-Feb-2018

    I.2.

    El accionante a través de su representante, señala como lesionados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia y a la impugnación, citando al efecto los arts. 115, 119, 120, 121.II, 256.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8, 9 y 98 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • i)
    • I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13

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