Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
Fragmento 1
En revisión la Resolución 01/2017 de 12 de diciembre, cursante de fs. 428 a 429 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Riri Ginelda Reynaga Burgos contra Wilber Choque Cruz, Juan Orlando Ríos Luna, Magdalena Teodora Alanoca Condori, Emilio Osvaldo Patiño Berdeja y Roxana Orellana Mercado, Consejeros; y, Edmundo Yucra Flores, Director Nacional de Recursos Humanos, todos del Consejo de la Magistratura.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- i)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- Todo acto administrativo definitivo podrá ser impugnado a través del recurso de revocatoria y será presentado ante la autoridad que emitió el mismo. La autoridad que instruyó el acto administrativo es la competente para resolver el recurso
- b)
- e)
- h)