Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2018-RCA
Fecha: 15-Feb-2018
h)
h) Solicitó se conceda la tutela y se disponga que: 1) Se deje sin efecto su destitución efectuada a través de la Resolución RR/SP 0115/2017 y/o Resolución R.J./SP 044/2017 y/o Acuerdo 073/2017 y/o memorando CM-DIR.NAL.RR.HH.-J- 044/2017 -de destitución-; 2) Su reincorporación inmediata al cargo de Jueza Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria Primera del departamento de La Paz, con carácter retroactivo desde el 3 de junio de 2017; 3) El procesamiento de todos los certificados de incapacidad temporal presentados ante la “…U.R.H. del CM – La Paz, y la consiguiente entrega de todas mis papeletas de pago respectivas…” (sic); y, 4) Sea con costas y daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- i)
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- Todo acto administrativo definitivo podrá ser impugnado a través del recurso de revocatoria y será presentado ante la autoridad que emitió el mismo. La autoridad que instruyó el acto administrativo es la competente para resolver el recurso
- b)
- e)
- h)