AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2018-RCA
Fecha: 21-Feb-2018
I.3. Petitorio
Solicitan que se conceda la tutela y se restituyan los derechos restringidos, sea mediante orden a la autoridad judicial competente para que emita resolución, por la cual se disponga la liberación de la retención judicial del CDPF 219081 por el monto de Bs1 000 000.- emitido por el BANCO SOL S.A de propiedad del FDP, administrado y representado por su fiduciario el BDP-SAM, dispuesta por el Juez Público Civil y Comercial Vigesimotercero del departamento de La Paz y la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento. A ese efecto, solicitó que se revoque el Auto de Vista 119/2017 y en su lugar se emita un nuevo fallo y se disponga la liberación referida.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- III.2. Los procesos de ejecución-proceso ejecutivo y acción coactiva civil- y la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Primer supuesto de hecho: Cuando el amparo ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil debido a que en el proceso ordinario posterior no podrá ser analizada, revisada y corregida
- III.2.2. Segundo supuesto de hecho: Cuando el amparo no ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil
- 1)
- la resolución que declaró improbada la excepción perentoria de prescripción liberatoria
- Fragmento 15
- II.4.
- REVOCAR