Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2018-RCA
Fecha: 22-Feb-2018
Fragmento 3
Solicita se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0322/2017 de 3 de abril, pronunciada por la AGIT, debiendo emitirse una nueva resolución sobre los aspectos impugnados por la Administración Aduanera; y, b) Anular obrados hasta la Resolución del Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0069/2017 de 16 de enero inclusive, a objeto de que la AGIT, se pronuncie respecto a la prescripción de las facultades de la Administración Aduanera para ejecutar la sanción establecida en la Resolución Sancionatoria de Sumario Contravencional AN-GRLPZ-LAPLI 046/2016 de 22 de agosto.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 3
- declaró improcedente
- i)
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el principio de inmediatez. Plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- II. Para los casos de solicitud de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa, el plazo se computará desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace”
- de notificada la última determinación judicial o administrativa.
- II. 3. Análisis del caso concreto
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, establecidos por el art. 33 del CPCo.