SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2018-S2
Fecha: 28-Feb-2018
1)
Lily Salazar Valverde, Carlos René Roca Rivero y Raúl Lizarazu Alurralde, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante a fs. 27 y vta., señalaron: 1) El 8 de febrero de 2017 se dictó Sentencia condenatoria contra Milner Eustaquio Ruiz; 2) En grado de apelación restringida, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, mediante Auto de Vista de 15 de mayo de 2017, declaró admisible y procedente el recurso interpuesto, ordenando la reposición del juicio ante un nuevo Tribunal; 3) Este ente colegiado mediante decreto de 13 de julio de 2017, ordenó dar de baja y remitir el cuaderno procesal a otro para su reposición; sin embargo, el Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ) no funciona, en consecuencia la causa no pudo ser remitida materialmente; 4) Este Tribunal en su momento ya se manifestó dictando Sentencia condenatoria, y el decreto de 11 de septiembre de 2017 fue claro cuando señaló su pérdida de competencia para resolver la solicitud de cesación presentada; y, 5) No se ha vulnerado ningún derecho, por lo que solicitaron se dicte la resolución constitucional que corresponda en derecho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “En atención a los datos del proceso, este Tribunal ha perdido competencia para resolver lo solicitado”
- “Téngase por adjuntado y por secretaria adjúntese fotocopia legalizada de la solicitud de habilitación en el sistema SIREJ, para la remisión inmediata del presente proceso al Tribunal competente”
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Las normas constitucionales-principios, que sustentan que las decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal sean tramitadas, resueltas y efectivizadas con la mayor celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- 15 de mayo de 2017
- CONFIRMAR