SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2018-S2

Fecha: 28-Feb-2018

III.4. Análisis en el caso concreto

           De acuerdo a la problemática planteada y conforme a la Conclusión II.6 del presente fallo, la accionante señala que mediante Resolución de 16 de mayo de 2017, los Vocales y miembros de la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, de forma infundada, incurriendo en citas de normas erradas y sin considerar que se hallaba en estado de gestación, resolvieron rechazar su solicitud de inamovilidad laboral, argumentando que de acuerdo a los arts. 100, 104 y 183.IV.3 de la LOJ y la “SC 0109/2016”, el cargo de Oficial de Diligencias del Juzgado Público Civil y Comercial Primero del mencionado departamento, es un cargo a plazo fijo, con una fecha de inicio y otra de conclusión, lo que hacía inviable su inamovilidad por estado de embarazo; hecho que a su entender vulnera sus derechos a la dignidad, a la inamovilidad laboral de la mujer en estado de embarazo, al debido proceso en su componente de fundamentación, a la defensa, al trabajo y al principio de seguridad jurídica.

           Previo a ingresar al fondo del caso concreto, es menester destacar conforme al Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, que no opera el cumplimiento del principio de subsidiariedad, cuando se trate de mujeres en estado de gestación o madres trabajadoras de niños menores de un año de edad, toda vez que se debe proteger no solamente el trabajo y la inamovilidad laboral, sino también una pluralidad de derechos primarios (vida y salud) de la mujer en estado de gestación, los mismos que no pueden estar pendientes de otros recursos o vías administrativas que establece la ley y que por el contrario gozan de protección urgente e inmediata del Estado; por consiguiente, no es necesario y exigible el agotamiento previo de los recursos ordinarios o administrativos para la protección de los derechos fundamentales conculcados por actos ilegales u omisiones indebidas.

           El acto lesivo que invoca la accionante, se disgrega en dos situaciones esenciales que originaron la activación de la presente demanda de acción de amparo constitucional; la inamovilidad laboral y la asignación familiar por su condición de madre en estado de gestación, derechos que si bien en el presente caso en procura de recibir tutela van hermanados entre sí, pero objetivamente de acuerdo a las circunstancias y datos del proceso, son disímiles entre sí, y dado su trato especial de este último, merece no solo realizar un pronunciamiento por separado, sino aplicar de manera excepcional una acción positiva a favor del ser en gestación, labor que será realizada a continuación.