Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018
Fecha: 14-Mar-2018
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 17 de abril de 2017, la empresa demandante CIMSA, solicitó a la autoridad judicial tenga presente los efectos vinculantes de la SCP 1481/2016-S3, a tiempo de dictar la nueva resolución, declarando infundado el recurso de anulación contra el Laudo Final Sobre Daños y la decisión sobre interpretación y corrección del Laudo Arbitral, el que se providenció el 18 de abril del año citado en sentido: “II Se tiene presente los términos de su redacción, en lo que corresponda, conforme tenor de la SCP. No. 1481/2016-S3, en cuyo cumplimiento este despacho emitirá nueva resolución” [sic (fs. 85 a 90)].
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Síntesis de la acción
- a)
- admitió promover
- admitió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- IV.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Falta de fundamentación jurídico constitucional que determine cómo la norma demandada de inconstitucionalidad vulnera preceptos constitucionales
- III.3.
- IMPROCEDENCIA