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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-S3

    Fecha: 05-Mar-2018

    II.3.

    II.3. Conforme nota de 12 de septiembre de 2017, enviada por Marilyn Aguada Imanareco -ahora impetrante de tutela-, se concluye que, puso en conocimiento del Gerente Nacional de Operaciones Sistemas Aislados ENDE Cobija, el hecho de que se estaría dotando de energía eléctrica a los avasalladores del predio de su propiedad (fs. 44 a 45).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • electricidad es uno de los derechos humanos inherentes a toda persona por el sólo hecho de existir, reconocido por el art. 20.I y III de la CPE, por tanto de rango constitucional, estar previsto en el catálogo de derechos fundamentales
    • III.2.1. Del derecho a la electricidad
    • III.3. Del derecho a la propiedad
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de
    • CONFIRMAR

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