Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-S3
Fecha: 05-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denunciaron que se lesionó su derecho a la propiedad privada, por cuanto ENDE Cobija del departamento de Pando, estuviera realizando trabajos para dotar de energía eléctrica a los avasalladores de su propiedad, sin exigir folio real ni ningún otro documento que acredite derecho propietario, convirtiéndose en cómplices de los invasores, atentándo contra la propiedad privada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- electricidad es uno de los derechos humanos inherentes a toda persona por el sólo hecho de existir, reconocido por el art. 20.I y III de la CPE, por tanto de rango constitucional, estar previsto en el catálogo de derechos fundamentales
- III.2.1. Del derecho a la electricidad
- III.3. Del derecho a la propiedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de
- CONFIRMAR