Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2018-S3
Fecha: 05-Mar-2018
I.2.2. Admisión de la acción
Por AC 0265/2017-RCA de 27 de julio, cursante de fs. 55 a 62, este Tribunal a través de la Comisión de Admisión, resolvió revocar la Resolución de 6 de julio de 2017, disponiendo la admisión de la presente acción tutelar y que la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera del departamento de Tarija, someta la causa al trámite previsto por ley, debiendo pronunciar resolución en audiencia pública, concediendo o denegando la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción
- I.2.2. Admisión de la acción
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.3.3. Informe de la funcionaria demandada
- I.3.4. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- iv)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Alcance y efecto de una revocatoria de sobreseimiento
- III.2. Análisis del caso concreto