SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018-S3
Fecha: 13-Mar-2018
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante a través de su representante denuncia lesión de sus derechos invocados en la presente acción, toda vez que se enteró de manera extraoficial que se le impuso arraigo emergente de un proceso penal radicado en el Juzgado de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz que data de 2015, en esta razón, solicitó a la autoridad jurisdiccional a cargo de dicho juzgado -ahora demandada-, ordene el levantamiento del mismo, ya que le impide trasladarse y realizar viajes; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción de libertad, no se resolvió su situación jurídica -arraigado-.
De obrados se tiene que el accionante presentó una primera solicitud el 16 de octubre de 2017, impetrando a la autoridad jurisdiccional demandada deje sin efecto la orden de arraigo dispuesta en su contra (Conclusiones II.2.), decretándose que previamente se adjunte documentación sin perjuicio de que por auxiliatura se ponga a la vista el cuaderno de control jurisdiccional, petición que al no haber sido satisfecha, el 19 del mismo mes y año fue reiterada con el mismo tenor, providenciándose que previamente se cumpla con el decreto de 17 de igual mes y año (Conclusión II.3.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- es posible tutelar también al último de los nombrados, en aquellos casos en los que el derecho de locomoción está vinculado directamente con la libertad física o personal,
- para que las partes de un proceso puedan obtener la celeridad necesaria en los trámites judiciales o administrativos cuando en los mismos exista dilaciones innecesaria o indebidas
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- es posible tutelar
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- CONFIRMAR