SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0045/2018-S3

Fecha: 14-Mar-2018

Las notificaciones se practicarán por cualquier medio legal de comunicación que el interesado expresamente haya aceptado o propuesto

Asimismo, el art. 161 de la norma citada anteriormente, respecto a los medios de notificación señala: “Las notificaciones se practicarán por cualquier medio legal de comunicación que el interesado expresamente haya aceptado o propuesto, excepto las notificaciones personales” (las negrillas nos corresponden).