SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2018-S2

Fecha: 15-Mar-2018

concediendo

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 14/2017 de                      27 de octubre, cursante de fs. 31 vta. a 32 vta.; concediendo la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: i) Ante la infracción de tránsito de referencia, David Alcón Mamani, solicitó al funcionario policial Benedicto Cuaquira, le expida la boleta de infracción, situación por la que se dispuso su traslado ante la Oficina de Celdas Policiales de la Dirección de Transito Transporte y Seguridad Vial de El Alto, siendo puesto el caso a conocimiento del servidor policial Edwin Silva García y ordenándose su arresto; ii) La prueba material consiste en un disco compacto, en el cual se advierte una grabación en la que el accionante ofreció su licencia de conducir y solicitó se le extienda la boleta de infracción, lo que contradice lo expuesto en el informe de acción directa librado por el funcionario policial Benedicto Cuaquira, quien pese a estar debidamente notificado no se hizo presente en audiencia; y, iii) Las autoridades policiales debieron cumplir con la ordenanza municipal imponiendo la sanción pecuniaria correspondiente y no así el arresto, acción que contraviene lo dispuesto en el art. 23.I de la CPE, toda vez que, la autoridad policial no tiene la potestad constitucional para poder determinar la detención o privación de libertad de una persona, con las excepciones determinadas, tales como aquellas personas que se encuentren conduciendo en estado de ebriedad y representen un riesgo permanente para los demás ciudadanos, aspecto que no ocurridó en el caso de autos.

El abogado del accionante solicitó la complementación de la Resolución Constitucional pronunciada, impetrando se establezcan las responsabilidades civil y penal de los demandados, toda vez que, su representado sufrió un perjuicio civil, asimismo solicita se remitan antecedentes al Ministerio Público y considerando que los demandados son funcionarios públicos, solicitó se remitan actuados ante el Comando de la Policía Nacional. El Tribunal de garantías, en relación a la petición realizada complementó la decisión emitida disponiendo la remisión de antecedentes al Régimen Disciplinario de la Policía Nacional Boliviana; respecto al resarcimiento civil, estableció que el accionante debe acudir a las autoridades correspondientes.