SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2018-S4
Fecha: 16-Mar-2018
Fragmento 10
La SC 0008/2010-R de 6 de abril, refirió sobre la concurrencia de manera excepcional de la subsidiariedad en la acción de libertad, estableciendo que: “…esta acción de defensa, por la urgencia de la situación, se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas” (negrillas agregadas)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Segundo Supuesto
- Con referencia a la excepción de prejudicialidad
- Con referencia a su detención preventiva
- CONFIRMAR