SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S3

Fecha: 19-Mar-2018

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

El abogado de la parte accionante, controvirtiendo el informe presentado por el Juez Público Mixto e Instrucción Penal Segundo de Huanuni del departamento de Oruro, señaló que dicha autoridad, a efecto de justificar su decisión, incurrió en una serie de apreciaciones subjetivas que derivaron en la detención preventiva del accionante; así, el juzgador de manera especulativa estableció que el justiciable había sido quien infligió a la supuesta víctima una herida de 6 cms., con una arma punzo-cortante y que el ahora impetrante de tutela pertenecía a una “pandilla”; por lo que, se demostraba su peligrosidad y posibilidad de influir en testigos y otros; sin embargo, no estableció de qué manera podría obstaculizar el curso del proceso, o como podría inducir a terceros a objeto de que se modifique, destruya, falsifique o suprima elementos de convicción; consecuentemente, no se ha cumplido la previsión contenida en el art. 124 del CPP.

En cuanto a los Vocales demandados, el accionante a través de su representante, reiteró los argumentos de su demanda; señalando que, el Tribunal de apelación confirmó los mismos riesgos procesales que el inferior sin tomar en cuenta el principio de favorabilidad y emitiendo una resolución carente de fundamentación.