Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S3
Fecha: 19-Mar-2018
II.1.
II.1. El Juez Público Mixto e Instrucción Penal Segundo de Huanuni del departamento de Oruro, en audiencia de consideración, sustanciación, aplicación y resolución de medidas cautelares de 28 de julio de 2017, mediante Auto Interlocutorio 109/2017 de la misma fecha, impuso al accionante medida cautelar de detención preventiva, en aplicación del art. 233.1 y 2 del CPP (fs. 42 a 45 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP, para lo que deberá contrastar la solicitud fundamentada del Ministerio Público con los elementos de prueba presentados sobre la concurrencia de los requisitos, en el marco de las normas previstas por los arts. 234 y 235 CPP;
- sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca;
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR