SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S4
Fecha: 16-Mar-2018
1)
La accionante por medio de su representante sin mandato denuncia que las autoridades demandadas, sin acreditar su calidad de Jueces Técnicos a través de la respectiva designación: 1) Fijaron audiencia para considerar la revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva que le fue impuesta, no obstante de haber sido solicitada por personas ajenas al proceso las cuales no acreditaron ser víctimas o querellantes; y, 2) Ante la interposición de un incidente de actividad procesal defectuosa por dicha causa, los Jueces demandados determinaron que el mismo sea tratado en juicio oral público y contradictorio, vulnerando de esta manera sus derechos que hoy pide se tutelen, por lo que solicitó a través de esta acción de libertad
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- i)
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- 1)
- CONFIRMAR