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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2018-S2

    Fecha: 19-Mar-2018

    I.2.3.

    Jhoany Tapia Limachi, Elizabeth Vera Montaño, Iván Flores Albacracio, Luz América Flores Escobar, Álvaro Héctor Rivera Gonzales y Juan Francisco Vargas Heredia, no presentaron informe ni asistieron a la audiencia de acción de amparo constitucional a pesar de su legal notificación cursante de fs. 17 a 18.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.2.3.
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Con relación a la acción de amparo constitucional y la abstracción del principio de subsidiariedad frente a medidas de hecho
    • medidas de hecho cometidas por autoridades públicas o por particulares, entendidas éstas como los actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos por no tener respaldo legal alguno
    • las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad,
    • debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • por seguridad puso candados porque lo dejaban abierto
    • CONFIRMAR en parte

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