SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2018-S1

Fecha: 23-Mar-2018

II.4.

II.4.    Mediante memorial de 10 de marzo de 2017, el accionante interpuso recurso jerárquico señalando los agravios que hubieran sido cometidos por la RA 038/2017, los cuales son: i) Se limitó a mencionar y transcribir los artículos del reglamento estudiantil y el estatuto orgánico de la UNIPOL; ii) No tiene fundamento ni motivación; iii) No hace referencia a aspectos que observó y que debieron ser tomados en cuenta; iv) No se le notificó con la publicación de notas; v) La nota obtenida es inferior a las que tuvo en el semestre, debido a que las preguntas eran ambiguas; vi) No se refirieron a la observación de que las preguntas podrían admitir distintas interpretaciones, constituyéndose en poco claras; vii) No hacen referencia que de acuerdo a la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia se debe dar a conocer los resultados de los exámenes para poder pedir su revisión; viii) No señala si la revisión de examen es un derecho o solo un acto formal, porque no se le concedió cuando lo solicitó; ix) No se manifestó si la revisión de notas de reprobación deben ser asumidas por el “DACA y el DIPES”; x) Se obvió responder respecto a las preguntas ambiguas que pudieron ser respondidas con varias posibilidades; y, xi) No se consideró que su persona se encontraba internada, lo que causó que no pueda rendir el último parcial del cuarto semestre en las materias de seguridad humana y derecho procesal penal (fs. 49 a 51 vta.).