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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2018-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2018-S1

    Fecha: 23-Mar-2018

    II.1.

    II.1.  Mediante Auto de 26 de julio de 2017, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera del departamento de Cochabamba, Sara Susana Céspedes Sempertegui, dispuso la detención preventiva de David Campero Morales -hoy accionante- dentro del proceso seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de peculado, incumplimiento de deberes y conducta antieconómica (fs. 52 vta. a 57). 

    • a)
    • I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
    • a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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