Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
III.3. Sobre la tutela inmediata al derecho a la vida a través de la acción de libertad
En consecuencia, en el entendido que al tratarse de la tutela del derecho a la vida, de cuyo ejercicio depende el goce de otros derechos (salud), no es posible bajo ningún argumento, aplicar la subsidiariedad excepcional configurada por la jurisprudencia constitucional a la presente garantía jurisdiccional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere
- reparador
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.3. Sobre la tutela inmediata al derecho a la vida a través de la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR