SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S1
Fecha: 23-Mar-2018
a)
La accionante a través de su abogado, ratificó el contenido de su acción de amparo constitucional y ampliándola, señaló que: a) Un día antes de la audiencia, en la tarde le notificaron con el decreto de radicatoria del recurso de apelación ante el Tribunal de alzada, pretendiendo regularizar el proceso; y, b) Cuando entregó el sobre cerrado no tuvo ninguna observación.
La accionante denunció como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, congruencia y valoración de la prueba, a la educación superior y al trabajo; toda vez que: a) El Tribunal Permanente de Procesos Universitarios de la UMRPSFXCH dictó la Sentencia 02/2017, declarando probada la denuncia instaurada en su contra, en base a un hecho contradictorio, con argumentos subjetivos, sin la fundamentación debida, ni tener suficientes elementos de prueba y menos especificar los alcances de la sanción impuesta; y, b) El Tribunal de alzada, no resolvió el recurso de apelación que interpuso en el plazo establecido, por lo que se activó la figura del silencio administrativo negativo, que implica que la sentencia emitida se mantenga incólume, dejándola en una incertidumbre indefinida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1.
- Derecho fundamental: Como un derecho para proteger al ciudadano en primer orden de acceso a la justicia oportuna y eficaz, como así de protección de los posibles abusos de las autoridades originadas no sólo en actuaciones u omisiones procesales
- III.2. Sobre el acceso a la justicia
- 2)
- b) Lograr el pronunciamiento de las autoridades
- Artículo 7º.- (De los recursos)
- Artículo 8º.- (Resolución de segunda y última instancia).-
- se reconoce la autonomía universitaria como
- En cuanto a la especial naturaleza de un ordenamiento normativo que regule las conductas a que debe someterse la comunidad educativa y las especiales consecuencias que de él derivan como elemento insustituible para el correcto funcionamiento de los establecimientos de educación superior, los estatutos o normas reglamentarias que constituyen una expresión de la autonomía universitaria, se convierte a su vez en una guía para resolver los conflictos sobre derechos fundamentales que puedan llegar a presentarse en el ámbito universitario
- los estatutos reglamentarios, como quiera que conforman una estructura normativa que emerge del ejercicio de la autonomía universitaria, establece una amplia gama de facultades; así, entre las
- los estatutos de un entidad de educación superior, establecen también una importante serie de límites, entre ellos, el respeto al orden público representado en la ley y los actos administrativos de los entes de control, y la ineludible obligación de respeto por los derechos constitucionales de los miembros de la comunidad educativa: estudiantes, profesores, personal administrativo y directivos
- recurso de apelación
- CONFIRMAR