SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2018-S1

Fecha: 23-Mar-2018

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Adolfo Irahola Galarza, Vocal de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, a través de informe escrito de 23 de octubre de 2017, cursante a fs. 279 y vta., expuso lo siguiente: La accionante pretende la nulidad del Auto de Vista 64/2017 y se ordene que la Jueza de Primera instancia requiera la prueba idónea para que dicte una correcta resolución; empero, al encontrarse el fallo denunciado debidamente motivado y fundamentado, no existe vulneración del debido proceso en su vertiente de valoración de la prueba pericial, por lo que solicitó se deniegue la tutela.

Alejandra Ortíz Gutiérrez actual Vocal de la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, presentó informe escrito de 18 de octubre de 2017, cursante a fs. 264 y vta., señalando que no emitió el Auto de Vista impugnado, toda vez que ingresó en funciones desde 24 de julio del indicado año.