AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2018-RCA

Fecha: 02-Abr-2018

II.3   Análisis del caso concreto

Revisados los antecedentes que cursan en el expediente, se advierte que dentro del proceso sumario de nulidad de contratos y acción negatoria seguido contra Lidia y Ana Rosa ambas de apellido Gareca y Ricardo Cabezas Gutiérrez, éste concluyó con la emisión del Auto de Casación 05/2014, que declaró la nulidad de las escrituras privadas reconocidas el 31 de marzo de 1987 suscritas entre Luz Casazola Vda. de Pérez a favor de las nombradas (fs. 51 a 54), producto del referido Auto de Casación, el Juez de la causa dictó la Resolución de 10 de abril de 2015, disponiendo se extienda la orden de lanzamiento contra las demandadas Lidia y Ana Rosa de apellido Gareca, y no así contra la Empresa CARGAS GNV S.R.L.; determinación que fue apelada por la parte demandante, pronunciándose el Auto de Vista 312/2015, que revocó la Resolución apelada y dispuso que el Juez de la causa emita Mandamiento de desapoderamiento contra el ahora accionante. Por memorial de 2 de agosto de 2017, la Entidad accionante presentó incidente de oposición por “inoponibilidad” de la Sentencia o cosa juzgada, solicitando se suspenda la ejecución del referido Mandamiento de desapoderamiento, dispuesto contra la mencionada Empresa (fs. 55 a 61), el cual fue rechazado por Resolución de 21 de agosto de 2017, y habiendo planteado recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 131 a 139), por Auto de 28 de septiembre del referido año, (fs. 181 a 182 vta.) la Jueza Pública Civil          y Comercial Décima del departamento de Tarija rechazó la reposición y concedió el recurso de apelación en efecto devolutivo.