Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0099/2018-S2
Fecha: 11-Abr-2018
II.1.
II.1. IMCRUZ COMERCIAL S.A., el 7 de abril importó desde Iquique-Chile 10 vehículos, entre los que se encontraba el automóvil, marca Geely, 2016, modelo: LC 1.3 GB, color blanco con chasis LB37122S6GH043118, que al ser descargado en el recinto aduanero, por un incidente fortuito del transportista, el parabrisas se clisó, habiéndose realizado la declaración para su importación, asignándole la DUI IM4 2015/301/C-21001 (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Las acciones constitucionales no son vía idónea para pedir el cumplimiento de otra acción de la misma naturaleza
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR