Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S1
Fecha: 10-Abr-2018
II.1.
II.1. Según muestrario fotográfico, se instaló un bloqueo en el camino vecinal de la zona Bajo Virtudes en la ciudad de Cobija, medidas de hecho presuntamente realizadas por Nelly Espinoza Heredia, Nadia Castro Loras, Ruddy Roca, Amaria Narbaez, Yaritza Maeda Espinoza, Sarah Divico Méndez y Bautista Alberto Muñoz Freitas, quienes hubiesen obstaculizado la apertura de la vía de acceso a las cisternas de agua, objeto de la presente acción tutelar (fs. 36 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado respecto a la desaparición del objeto de la acción de defensa que es interpuesta para la protección y restablecimiento de los derechos o garantías fundamentales lesionados; empero, si antes de la resolución de la acción constitucional éstos son restablecidos por las autoridades o personas que las ocasionaron, reparándolas, conlleva su denegatoria...’
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR