Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S1
Fecha: 10-Abr-2018
‘La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado respecto a la desaparición del objeto de la acción de defensa que es interpuesta para la protección y restablecimiento de los derechos o garantías fundamentales lesionados; empero, si antes de la resolución de la acción constitucional éstos son restablecidos por las autoridades o personas que las ocasionaron, reparándolas, conlleva su denegatoria...’
La SCP 1227/2017-S1 de 17 de noviembre, citando la SCP 0148/2017-S1 de 9 de marzo, señaló: “Asimismo, la SCP 0825/2015-S2 de 12 de agosto, al respecto estableció que: ‘La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado respecto a la desaparición del objeto de la acción de defensa que es interpuesta para la protección y restablecimiento de los derechos o garantías fundamentales lesionados; empero, si antes de la resolución de la acción constitucional éstos son restablecidos por las autoridades o personas que las ocasionaron, reparándolas, conlleva su denegatoria...’” (Las negrillas nos corresponden).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado respecto a la desaparición del objeto de la acción de defensa que es interpuesta para la protección y restablecimiento de los derechos o garantías fundamentales lesionados; empero, si antes de la resolución de la acción constitucional éstos son restablecidos por las autoridades o personas que las ocasionaron, reparándolas, conlleva su denegatoria...’
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR