SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2018-S1
Fecha: 10-Abr-2018
III.2. Análisis del caso concreto
La accionante considera que se lesionaron sus derechos fundamentales al agua, alimentación, igualdad, al debido proceso, a la defensa y demás derechos de acuerdo a ampliación; siendo que, los demandados, mediante vías de hecho, procedieron al colocado de promontorios de tierra en la única vía de acceso del carro cisterna, impidiendo el acceso del vehículo que provee el líquido elemento, además de que cercaron con alambre de púas el ingreso a su domicilio; por otro lado, no consideraron la situación de discapacidad que padecen sus dos hijos.
De la relación de antecedentes que informan al caso y las conclusiones que cursan en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; se infiere que, la acción de amparo constitucional, fue presentada el jueves 26 de octubre de 2017, sobre hechos acontecidos el 25 del mismo mes y año, admitida la misma, fue puesta a conocimiento de los demandados el 30 de idéntico mes y año, llevándose a cabo la audiencia los días 31 de octubre y 1 de noviembre del indicado año, acto en el que el Juez de garantías verifico que no subsistía bloqueo alguno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado respecto a la desaparición del objeto de la acción de defensa que es interpuesta para la protección y restablecimiento de los derechos o garantías fundamentales lesionados; empero, si antes de la resolución de la acción constitucional éstos son restablecidos por las autoridades o personas que las ocasionaron, reparándolas, conlleva su denegatoria...’
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR