SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2018-S1

Fecha: 16-Abr-2018

1)

Silvia Carmiña Bascopé de Duranboger, Jefa Regional de Trabajo de El Alto del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por memorial cursante de fs. 165 a 167, refirió que: 1) Se emitió Conminatoria de reincorporación JRTEA-BECS-C.R. 053/2017 a favor del hoy accionante, considerándose los memorandos de designación, de agradecimiento de funciones, su antigüedad de 6 años, 9 meses y 5 días, y  su desempeño en las mismas  funciones, considerándose por tanto, dentro de los alcances del Estatuto del Funcionario Público; 2) Se notificó a Carmen Soledad Chapetón Tancara, Alcaldesa del GAMEA, con la única citación caso 108/17 de 12 de junio de 2017, acudiendo su representante legal, quien no presentó prueba que desvirtúe la denuncia, por lo que de acuerdo a la Resolución Ministerial (RM) 868/2010 de 26 de octubre y Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, se emitió la citada Conminatoria de reincorporación, en cumplimiento a la Constitución Política del Estado; y, 3) Se ratificó in extenso en el contenido de dicha Conminatoria de reincorporación y solicitó se conceda la tutela.

Ante la solicitud de enmienda y complementación de la parte demandada, la Jueza de garantías, manifestó que: 1) Actuó de acuerdo a procedimiento, y al no encontrarse en audiencia la parte demandada ni los terceros interesados, emitió la correspondiente Resolución, puesto que la negligencia de la parte demandada no puede ser atribuida a su persona; 2) La parte accionante se presentó a la audiencia, quedando notificada con la presente Resolución; y, 3) Con relación a la copia de la grabación, así como de la Resolución solicitada, se franquearán por Secretaría de ese Juzgado.