Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2018-S2
Fecha: 16-Abr-2018
Fragmento 10
A partir de la clasificación del entonces recurso de hábeas corpus desarrollada por la SC 1579/2004-R; posteriormente, la SC 0044/2010-R de 20 de abril, amplía los tipos de hábeas corpus, haciendo referencia al hábeas corpus restringido, al instructivo y al traslativo o de pronto despacho, precisando que a través de este último ‘…lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad’” (las negrillas son nuestras).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- EN CUANTO AL TRAMITE DE APELACION, REMISION AL JUEZ DE EJECUCION PENAL DEL ACTA Y AUTO DE APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES, NOTIFICACION PERSONAL CON EL AUTO COMPLEMENTARIO DE MEDIDAS CAUTELARES
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la remisión de antecedentes en recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- ) Interpuesto el recurso de apelación contra las resoluciones que resuelven medidas cautelares, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas en el plazo de veinticuatro horas previsto en el art. 251 del CPP; plazo que, por regla general, debe ser cumplido por las autoridades judiciales.
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR