SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0121/2018-S4

Fecha: 16-Abr-2018

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 8 de 1 de diciembre de 2017, cursante de fs. 25 vta. a 27 vta., denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: 1) La parte accionante no puede acudir directamente a la instancia constitucional, sin agotar previamente la jurisdicción ordinaria, el procedimiento penal le otorga la posibilidad de plantear el recurso de reposición establecido en el art. 401 del CPP; 2) La jurisprudencia constitucional señala que una vez presentada la conminatoria el Ministerio Público ya no puede hacer actos investigativos conforme al art. 323 del citado Código; sin embargo, cuando se trata de casos complejos permiten su ampliación; y, 3) El Tribunal de alzada no puede ingresar al análisis del fondo de la problemática planteada porque existe un recurso pendiente establecido en la legislación ordinaria para que el impetrante de tutela pueda hacer valer sus derechos y buscar que se restablezcan los procedimientos y las formalidades que señala la normativa adjetiva de la materia respecto a la conminatoria y el cumplimiento del requerimiento conclusivo.