Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2018-S3
Fecha: 17-Abr-2018
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada, ordenando su inmediata libertad, bajo la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva; o en su caso, se imponga a la Jueza demandada, deje sin efecto la audiencia cautelar de 8 de noviembre de 2017 y señale una nueva a efecto de considerar su situación jurídica, en los límites establecidos en el art. 232 del CPP, con relación al art. 261 del CP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, en caso de impugnarse una resolución de medida cautelar, debe interponerse previamente apelación incidental
- sólo en los casos de indefensión absoluta y manifiesta,
- III.2. Análisis del caso concreto
- se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- REVOCAR