SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2018-S3

Fecha: 20-Abr-2018

el reconocimiento de un sistema penal diferenciado para los adolescentes infractores, no sólo importa la existencia de una jurisdicción especializada -principio de jurisdiccionalidad y preservación de la especialidad de los órganos- sino la aplicación de un procedimiento propio

Al respecto la SCP 1074/2015-S3 de 5 de noviembre, señaló: “Bajo estos antecedentes fácticos, es importante precisar que el reconocimiento de un sistema penal diferenciado para los adolescentes infractores, no sólo importa la existencia de una jurisdicción especializada -principio de jurisdiccionalidad y preservación de la especialidad de los órganos- sino la aplicación de un procedimiento propio, que condice con el principio universal de protección especial, en razón de su situación de desventaja y mayor vulnerabilidad respecto a los demás sectores de la población; por el cual este grupo de atención prioritaria goza de un amparo jurídico específico, que funcionalmente implica una garantía que primará a momento de decidir sobre los derechos subjetivos y procesales del adolescente infractor.