Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
II.3.
II.3. Mediante nota CITE: OF. 1668/2017 de 20 de noviembre, la Vocal de Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, efectuó la devolución de obrados respecto del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Sandra Cámara Rodríguez y otros, por la presunta comisión del delito de trata de personas, dirigido a la Jueza de Instrucción Penal Novena del mencionado departamento con fecha de recepción el 29 del mismo mes y año (fs. 25 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la resolución de la apelación incidental de las decisiones que hayan dispuesto, modificado o rechazado una medida cautelar
- todas aquellas solicitudes vinculadas a la libertad del imputado, en especial la cesación de la detención preventiva, deben ser tramitadas con la debida celeridad, puesto que el ingresar en una demora o dilación indebida en que incurra una autoridad judicial al resolver una solicitud de tal naturaleza, implica una lesión a ese derecho fundamental, supuesto ante el cual se activa el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2.
- CONFIRMAR