SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2018-S1

Fecha: 18-Abr-2018

Fragmento 11

El accionante denunció que Eduardo Mamani Choque, Alejo Mamani Flores          ex Presidentes del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia respectivamente; y, Silvestre Juárez Abecia Presidente del Consejo de Administración y Valentín Cazorla Oporto, Presidente del Consejo de Vigilancia, todos de la Cooperativa Minera “Siete Suyos” Ltda., lesionaron su derecho a la petición, por cuanto los mismos, no dieron respuesta a las notas presentadas de 14 de abril, 16 de junio de 2016 y 21 de agosto de 2017, como era su deber, de manera fundamentada dentro de un plazo razonable, vulnerando así su derecho a la petición previsto y garantizado por el art. 24 de la CPE.