SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2018-S1

Fecha: 18-Abr-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es socio activo de la Cooperativa Minera “Siete Suyos” Ltda., desde mayo de 2004, donde trabajó sin ningún antecedente negativo ni problemas; sin embargo, el 30 de junio de 2011, pese a su estado delicado de salud, le obligaron a viajar a la ciudad de Oruro para custodiar una remesa de dinero que fue objeto de robo, cuyo destino desconoce, debido a que lo echaron de la habitación donde se encontraba el referido monto económico.

Por lo relatado precedentemente, lo enjuiciaron y en sentencia lo absolvieron y eximieron de responsabilidad; empero, como efecto de ese proceso penal fue expulsado de la Cooperativa Minera “Siete Suyos” Ltda. en la asamblea realizada el 26 de marzo de 2016, sin que se le dé oportunidad a defenderse, restringiéndole sus derechos a percibir un ingreso económico, a la salud, y aportes a las “AFPs”; por otro lado, le obligaron a pagar honorarios de los abogados.

Para reivindicar sus derechos, el 18 de abril de 2016, pidió a los directivos de la cooperativa, la reconsideración de su reincorporación en calidad de socio, nota que no fue considerada en asamblea ordinaria ni extraordinaria, dado que no se le dio respuesta positiva o negativa; ante ello presentó otra solicitud el 18 de junio del mismo año, con el mismo objetivo, petición que tampoco recibió respuesta.

Ante la necesidad de trabajo y su restitución en calidad de socio, insistió mediante nota de 21 de agosto de 2017 presentada el 25 del mismo mes y año, la reconsideración de reingreso a la cooperativa, sin recibir hasta el presente respuesta positiva o negativa de los ex o actuales directivos de la misma.