SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2018-S4

Fecha: 16-Abr-2018

II.3.

II.3.  Por Informes, todos dirigidos al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Viacha del departamento de La Paz, se tiene: CITE:GAMV/SMDH/DGGS/DNA-CENTRAL/035-A/2017, de 25 de septiembre, emitido por la Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia y personeros de la misma institución, dependiente del  ente municipal referido, hacen conocer que el 23 de septiembre de 2017, se realizó un operativo, sugiriendo tomar acciones respecto de la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad (fs. 141 a 144); mediante: CITE:GAMV/SMDH/DG/USC/059/2017 de 29 de septiembre, Octavio Mamani Callizaya, Jefe de Seguridad Ciudadana de la mencionada entidad municipal, hace conocer que el 23 del mencionado mes y año, se llevó a cabo un operativo por el que se recomendó la clausura de                    los bares “Kalakas” y “Gran Galeón” (fs. 136 a 140); consta                          CITE: SMDH/DG/IMV/016/2017 de 29 de septiembre, por el cual Henry Zambrana Oblitas, Intendente Municipal del Gobierno Autónomo Municipal indicado, hace conocer que el 25 del señalado mes y año, se procedió a la clausura de la “Discoteca Nuevo Galeón” conforme a los arts. 20, 21.II de la  Ley de Control de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas; 79 inc. h) y 82 de la Ley Municipal 001/2016 (fs. 158); CITE: GAMV/SMDH/DG/USC/069/2017 de 10 de octubre, por el que Octavio Mamani Callizaya, Jefe de Seguridad Ciudadana del referido ente municipal, hace conocer que el 30 de septiembre del mismo año, se realizó operativo, señalando que se verificó la atención de los bares “Nuevo Galeón” y “Kalakas” anteriormente clausurados; por lo que, recomienda tomar las medidas de acuerdo a la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas y el Reglamento aprobado por Ley Municipal 001/2016 (fs. 151 a 154).