Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0197/2018-RCA
Fecha: 10-May-2018
I.2.
La accionante considera lesionados sus derechos al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia, citando al efecto los arts. 115, 178 y 179.I, II y III de la CPE; 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- la improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- No serán admitidas Acciones de Defensa en los casos en los que exista cosa juzgada constitucional’
- el art. 203 de la CPE, las decisiones y sentencias de este Tribunal son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR