AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2018-RCA

Fecha: 28-May-2018

I.5. Síntesis de la impugnación

Manifiesta que el plazo de los seis meses se computa a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial y si bien dicha actuación se ejecutó con la Resolución 197/2017 el 28 de septiembre, continuaba desempeñando y ejerciendo funciones dentro de la Institución Policial como investigador especial de la División Escena del Crimen de la FELCC hasta el 30 de octubre de ese año, fecha en la que fue notificado con el Memorando ESC 3423/2017, haciéndole conocer sobre el cese de sus funciones, momento desde el cual debería calcularse el término de seis meses.