Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-ECA
Fecha: 17-May-2018
3)
3) En referencia al inc. d) los impetrantes piden enmendar la acumulación de los “cuatro procesos constitucionales” (sic), empero no aportan más detalles de los mismos, donde presuntamente concurren los requisitos para su acumulación; asimismo, solicitaron que se aclare cuál es la facultad de la Jueza de garantías para admitirlas; concierne señalar que dicha controversia -acumulación- no formaba parte del objeto procesal de la acción de amparo constitucional interpuesta; y, por ende, atender esta solicitud significaría modificar el fondo del fallo.