AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-ECA

Fecha: 17-May-2018

b)

b)  Se demuestre cuál es el procedimiento sobre la ilegalidad e incumplimiento de plazos de la norma prevista en el Código Procesal Constitucional; toda vez que, tanto la Jueza de garantías y los Magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional estarían incumpliendo el art. 3.8 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP) relativo a la seguridad jurídica, entendida ésta como la aplicación objetiva de la ley; alegando que, el 2 de agosto de 2017 en audiencia, la Jueza de garantías determinó dejar sin efecto el Auto de Admisión de 17 de julio de igual año, por existir observaciones en el poder 539/17, citado en la acción que difiere del poder 564/2017 acompañado a la demanda, además de establecer el domicilio de los miembros del Comité Electoral; en consecuencia, los accionantes por segunda vez, corrigieran lo observado el 11 de agosto de 2017; es decir, nueve días después de la notificación.