AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0009/2018-ECA

Fecha: 17-May-2018

a)

a)  Se aclare “dónde queda la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional, al constituirse en un proceso de naturaleza tutelar, de tramitación especial y sumarísima, que tiene por objeto de restitución o restablecimiento inmediato de los derechos fundamentales y garantías constitucionales en los casos en que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones ilegales o indebidos de autoridades públicas o particulares, infiriendo en consecuencia del contenido del texto constitucional de referencia, que la acción de amparo constitucional es un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional busca a los bolivianos”, haciendo alusión a lo dispuesto por la Jueza de garantías, mediante Auto de 10 de julio de 2017 donde ordenó que se subsanen diez puntos, relativos al fondo de la acción de defensa interpuesta, conforme al art. 33.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo).