Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
de la SCP 0810/2018-S2 de 3 de diciembre, presentada por
Fecha: 15-May-2018
II.4.
II.4. El accionante Carlos Cimar Achabal Torrico, por memorial de 15 de mayo de 2019, solicitó al Tribunal de garantías (Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba), el cumplimiento de la SCP 0810/2018-S2, ordenando al Fiscal Departamental demandado, emita nueva resolución jerárquica, observando estrictamente los fundamentos contenidos en el citado fallo constitucional; toda vez que, la que dictó en cumplimiento a la emitida por el Tribunal de garantías, no contiene la fundamentación ni análisis de la pronunciada por el Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 236 a 242).
- I.1. Contenido de la denuncia de incumplimiento
- “no ha lugar a la queja interpuesta”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- Fragmento 9
- III.1.
- el juez o tribunal de garantías que conoció la acción tutelar, una vez conocida la queja por demora o incumplimiento en la ejecución de sentencias emanadas de acciones tutelares, con la finalidad de asegurar un debido proceso
- mediante auto expreso, rechazará la queja o la concederá
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías
- III.2. Análisis de la denuncia
- REVOCAR