SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

concedió en parte

El Juez Público Mixto e Instrucción Penal Primero de Portachuelo del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 12 de 7 de noviembre de 2017, cursante de fs. 746 a 749 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo la nulidad del Auto Supremo 382/2017 de 12 de abril, ordenando que las autoridades demandadas emitan una nueva resolución debidamente fundamentada y en lo principal se resuelvan los recursos pendientes concedidos en el efecto diferido, y denegó con relación al Auto de Vista 23/2016 de 19 de febrero, determinación que fue emitida en base a los siguientes fundamentos: 1) Los recursos de apelación diferida formulados por la empresa ahora accionante fueron invocados, ratificados y fundamentados en forma expresa, no siendo evidente que haya declinado de ellos, por lo que los Vocales codemandados estaban en la obligación de emitir un pronunciamiento fundamentado, aspecto que no ocurrió; 2) El no haberse materializado la citación al garante de evicción no obstante de haberse dispuesto dicha diligencia judicial, constituye otro acto que fue objeto del recurso de apelación que debió ser resuelto por los Vocales codemandados; y, 3) Los Tribunales de apelación y casación tenían la obligación inexcusable de emitir un pronunciamiento, resolviendo en el marco de su competencia cada recurso de apelación en efecto diferido, por lo que los argumentos de ambos Tribunales no son sustentables.