SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2018-S3

Fecha: 09-May-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Postuló al cargo de Auxiliar de Oficina Medica III del Hies Geriátrico de la Administración Regional La Paz publicado mediante Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia ADM/069/2016 de 20 de mayo, cuyo resultado le fue comunicado a través de Nota de 29 de agosto de 2016, informándole que fue ganadora del Ítem 3072 correspondiente al nivel 20, requiriendole en la misma Nota haga llegar a Recursos Humanos (RR.HH.) su aceptación o rechazo en el plazo de veinticuatro horas, declarando expresamente su aceptación el 30 de igual mes y año.

Después de más de cuatro meses de espera del Memorando de designación de cargo, mediante Nota de 16 de enero de 2017, solicitó informe de estado del proceso de dicha Convocatoria; sin embargo, se enteró de un proceso administrativo que pretendía dejar sin efecto la misma, del cual se emitió la Resolución Administrativa (RA) 02/17 de 17 de febrero de 2017, anulando la referida Convocatoria, invalidando consecuentemente su participación, habilitación y ofrecimiento del cargo, instruyendo además de forma irresponsable e infundada a la Unidad de Asesoría Legal Regional el inicio de acciones legales ante instancias jurisdiccionales.

Consiguientemente, formuló recurso de revocatoria contra la referida Resolución, pronunciándose la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria 08/17 de 6 de abril de 2017, misma que confirmó lo resuelto, ante lo cual interpuso recurso jerárquico, emitiéndose la Resolución de Recurso Jerárquico 24 de 30 de junio del referido año, mismo que desestimó el recurso por haberse supuestamente planteado fuera de plazo que establece el art. 33 Decreto Supremo (DS) 26319 de 15 de septiembre de 2001, sin tener en cuenta que los trabajadores dependientes de la CNS y todos los procesos relacionados a la incorporación de RR.HH. se encuentran al amparo de la Ley General del Trabajo y sus normas conexas, aplicándose normas incorrectas.