Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2018-S3
Fecha: 02-May-2018
II.2.
II.2. Jonathan Enrique Herboso Quintana mediante memorial de 6 de diciembre de 2017, formuló su apersonamiento y solicitó la nulidad de obrados, bajo el argumento que se encontraría contaminado los actuados efectuados en el proceso por la Jueza recusada y la carencia de un juez natural imparcial; y, asimismo pidió señalamiento de audiencia de medidas cautelares; ante el Juzgado de Instrucción Penal Sexto del mencionado departamento, mismo que no tuvo respuesta al presente según los antecedentes (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 3
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- El art. 36 del CPCo no menciona expresamente la facultad de modificación o ampliación de la acción de defensa interpuesta; sin embargo, (…) es de suponer que existe la posibilidad de ratificarlo mediante la exposición oral del accionante pero no así modificarlo o ampliarlo para evitar se produzca desventaja a la parte contraria y se vulnere el debido proceso además de su componente de derecho a la defensa
- REVOCAR