Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2018-S3
Fecha: 10-May-2018
en el ámbito de la jurisdicción constitucional, la cosa juzgada constitucional se opera sobre la parte resolutiva o decisum y sobre la parte motiva o ratio decidendi
Sobre el citado entendimiento es pertinente destacar lo señalado por la doctrina contemporánea del Derecho Procesal Constitucional estableciendo que, “…en el ámbito de la jurisdicción constitucional, la cosa juzgada constitucional se opera sobre la parte resolutiva o decisum y sobre la parte motiva o ratio decidendi…”[1].
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- Fragmento 7
- III.1.
- la cosa juzgada constitucional
- en el ámbito de la jurisdicción constitucional, la cosa juzgada constitucional se opera sobre la parte resolutiva o decisum y sobre la parte motiva o ratio decidendi
- primordialmente de la Unidad Educativa “Pascual Nogales”
- 2°
- 3°
- 4°
- 5° EXHORTAR al Ministerio de Medio Ambiente y Agua,
- CONFIRMAR