SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0153/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

normas legales que deben ser entendidas de forma amplia a efectos de que proceda la revisión de actuaciones procesales, cuando las autoridades que conocen un asunto en alzada, identifiquen que la irregularidad jurídica del acto, conlleva una intolerable vulneración de derechos y garantías constitucionales, más allá de lo previsto en los parágrafos II y III del art. 17 de la LOJ, referido a la pertinencia de sus fallos que hayan sido oportunamente reclamados en la tramitación de los procesos, toda vez que, ante la evidente conculcación de derechos y garantías, el juez o tribunal podrá hacer notar tal situación, debiendo en consecuencia disponer la nulidad del acto procesal respectivo

               En ese sentido, los codemandados al identificar la existencia de una irregularidad procesal en la que incurrió la accionante en el proceso ordinario de usucapión decenal que inició, determinaron la anulación de obrados, enmarcándose en lo previsto por los arts. 17.I de la LOJ y 106.I del CPC; normas legales que deben ser entendidas de forma amplia a efectos de que proceda la revisión de actuaciones procesales, cuando las autoridades que conocen un asunto en alzada, identifiquen que la irregularidad jurídica del acto, conlleva una intolerable vulneración de derechos y garantías constitucionales, más allá de lo previsto en los parágrafos II y III del art. 17 de la LOJ, referido a la pertinencia de sus fallos que hayan sido oportunamente reclamados en la tramitación de los procesos, toda vez que, ante la evidente conculcación de derechos y garantías, el juez o tribunal podrá hacer notar tal situación, debiendo en consecuencia disponer la nulidad del acto procesal respectivo.